Qué es?
La tarifa social de Aigües del Prat consiste en una reducción del 50% en el precio de la cuota de servicio así como la aplicación del precio del primer tramo del agua a todo el consumo.
Esta bonificación se aplica siempre que no se supere la dotación básica establecida normativamente en 100 litros por persona y día (6 m3/bimestre por persona) o en 18 m3/bimestre por vivienda, considerando la posible ampliación de tramos (Disposición adicional 1ª del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña (TRLMAC) aprobado por el decreto legislativo 3/2003 de 4 de noviembre)
En la factura en que se supere la dotación básica, a los beneficiarios de la tarifa social se aplicará un descuento del 50% del precio de cada tramo, excepto el primero.
Quién y cómo se puede disfrutar?
Familias con todos los miembros de la unidad familiar en situación de paro, siempre que los ingresos totales de la unidad familiar a que pertenecen no superen en dos veces el límite fijado por el IRSC incrementado en un 30% de este indicador por cada miembro adicional a partir del 2º Ver tabla.
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Pensionistas de más de 60 años, del sistema de la seguridad social contributivo y del seguro obligatorio de vejez e invalidez (SOVI) que perciban una pensión mínima por jubilación o viudedad, siempre que los ingresos totales de la unidad familiar a la que pertenecen no superen en dos veces el límite fijado por el IRSC, incrementado en un 30% de este indicador por cada miembro adicional a partir del 2º Ver tabla. |
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Pensionistas del sistema de la seguridad social contributivo que cobren la pensión mínima en concepto de incapacidad permanente, siempre que los ingresos totales de la unidad familiar a que pertenecen no superen en dos veces el límite fijado por el IRSC, incrementado en un 30% de este indicador por cada miembro adicional a partir del 2º Ver tabla. |
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Pensionistas del sistema de la seguridad social no contributivo por jubilación, jubilación por invalidez e invalidez. |
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Perceptores del fondo de asistencia social (FAS), fondo de la ley de integración de minusválidos (LISMI), fondo de la prestación económica de la renta mínima de inserción (RMI) o perceptores de prestaciones sociales de carácter económico para atender situaciones de necesidades básicas (Ley 13/2006, de 27 de julio). |
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Personas y unidades familiares que acrediten que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. |
Tramitación por la web de la ACA Agencia Catalana de l'Aigua
Es necesario seguir las indicaciones que figuran en la misma.
De forma presencial en Aigües del Prat SA
Si la persona interesada no se puede desplazar a esta oficina, deberá autorizar a una tercera persona con el fin de que pueda realizar la gestión en su nombre, adjuntando copia del DNI.
Documentación que se debe aportar:
- DNI, NIE o pasaporte del titular del contrato que solicita la tarifa social.
- Justificante colectivo de empadronamiento (se pide en el Ayuntamiento del Prat) donde conste la persona titular del contrato de suministro de agua.
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Documento que acredite el colectivo al que pertenece:
Justificante de inscripción solicitando empleo.
Justificante de la pensión mínima contributiva.
Justificante de percibir una pensión no contributiva.
Justificante de percibir un renta garantizada.
Justificante de percibir una prestación de la Ley 13/2006.
Justificante de percibir un fondo de asistencia social.
Justificante de percibir un fondo general de discapacidad.
Informe de vulnerabilidad económica. - Para aquellos colectivos en que se solicita que la unidad familiar no debe superar un límite de ingresos, se deberá aportar la última declaración de IRPF o el justificante conforme no tiene la obligación de presentarla.
Taula: Tabla de límite de ingresos vigente a octubre de 2019
El canon social del agua es un tipo de gravamen que garantiza la cobertura de las necesidades básicas de agua y establece un valor del canon del agua adaptado a las situaciones de vulnerabilidad de la población menos favorecida.
Para más información, consultar la web de la Agencia Catalana de l'Aigua.
La Tasa Metropolitana de Tratamiento de Residuos (TMTR) social es una bonificación del 50% de la cuota de la tasa para colectivos desfavorecidos.
Para más información, consultar la web del Área Metropolitana de Barcelona.